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BIENVENIDOS A ORTÚZAR JURIDICO?xml:namespace> ?xml:namespace> INTRODUCCIÓN ?xml:namespace> Antes de entrar a analizar las instituciones jurídicas, las fuentes del Derecho y los diversos procedimientos judiciales, es necesario primero que entendamos la etimología de la palabra derecho, y su concepto. ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA DERECHO La palabra "derecho”, deriva de la palabra latina "directum”, participio de dirigo, que significa "lo enderezado, lo recto, lo que va hacia el fin, lo justo, lo que está conforme a la regla”. De esta palabra, derivaron todos los términos con que las lenguas románicas o neolatinas, expresan la idea de derecho. CONCEPTO DE DERECHO Para responder a la pregunta ¿ Qué es el Derecho?, hay que entrar examinar las diversas escuelas o tendencias que se distinguen en la teoría del Derecho. 1. Escuela del Derecho Natural: Esta escuela, sostiene que "Derecho" es aquel que se basa en principios generales, universales, abstractos, permanentes e inmutables, que se encuentran presentes en toda legislación, y que tienen validez en todo tiempo y lugar. La historia de esta escuela, se puede resumir en tres etapas: Derecho Natural Estoico; Derecho Natural en la Edad Media; Escuela clásica del Derecho Natural. 1.1 Escuela del Derecho Natural Estoico. La escuela estoica de la filosofía fue fundada por Zenón, el cual colocaba la naturaleza en el centro de su sistema filosófico, así para Zenón el Derecho Natural era idéntico a la ley de la razón. Otro exponente de esta escuela fue Ciceron, quien definió el Derecho como "el espíritu de Dios que todo lo manda y prohíbe con su razón" 1.2 Escuela del Derecho Natural en la Edad Media. En la Edad Media el concepto de Derecho natural fue adaptado a las doctrinas de la Iglesia cristiana, entendíendose como un Derecho divino manifestado por la revelación. El principal exponente de esta etapa fue Santo Tomas de Aquino, quien postulaba que el derecho era la "Razón de la divina sabiduría en cuanto dirige todos los actos y movimientos en orden a la perfección". 1.3. Escuela clásica del Derecho Natural. Sostenía que el Derecho sólo se podía conocer mediante la razón, y algunas de las definiciones de sus exponentes son las siguientes: - "Es el dictado de la razón que hay en nosotros, acerca de aquellos casos en que han de hacerse u omitirse para la conservación constante de la vida de los miembros"(Thomas Hobbes). - "Derecho que Dios impone a todos los hombres y que éstos son capaces de descubrir y conocer por la sola luz de la razón y por una consideración atenta de su estado y naturaleza"(Burlamaqui) - "El conjunto de condiciones bajo las cuales el arbitrio de un individuo puede coexistir con el arbitrio de otro bajo una ley general de libertad"(Kant). 2. Escuela Histórica del Derecho Natural. Esta escuela, determina el contenido del Derecho a partir de su origen y fuentes, y recoge los planteamientos de Von Savigny, que definía el Derecho de la siguiente manera: "Es una expresión espontánea del espíritu popular, una elaboración instintiva que se manifiesta en las costumbres jurídicas, que son recogidas por los juristas, que le dan mayor grado de elaboración, y luego plasmados en textos por los legisladores, y finalmente promulgadas como leyes". 3. Escuela del Derecho Positivo. El positivismo jurídico es la concepción conforme a la cual el Derecho es producido, por el poder gobernante en la sociedad. Esta escuela limita el concepto de Derecho a los dictámenes o normas emanados de las autoridades, por lo tanto, el Derecho sólo puede emanar del Estado. Su principal exponente fue Hans Kelsen, quien señala que el Derecho es un sistema cerrado que es autosuficiente, en cuanto a su origen y válidez. En conclusión, atendiendo al enfoque a partir del cual se analiza el Derecho, se llegan a conceptos distintos, así; si se atiende a los principios que hay tras el Derecho, tendríamos que inclinarnos por la definición que da la Escuela del Derecho Natural; si se atiende a las prácticas sociales y a las costumbres, nos inclinaríamos por el concepto que da la Escuela Histórica del Derecho; y finalmente, si se analiza el derecho como una estructura formal y al margen de toda especulación metafísica adoptaríamos el concepto que da el positivismo jurídico. Por lo tanto, al margen de cual sea nuestra inclinación al momento de analizar el Derecho, lo importante es saber distinguir los elementos que hacen destacar al Derecho de las demás disciplinas, y estos elementos básicos del Derecho son: 1. Sujetos de Derecho, a los cuales son exigibles las normas jurídicas 2. Contenido (normas, principios, costumbres, doctrina, jurisprudencia, etc). Este contenido según el Derecho Natural serían principios inmutables (libertad, igualdad, paz, etc), mientras que para el positivismo jurídico, este contenido sería variable dependiendo de la realidad social de que se trate. 3. Forma. Este elementos se refiere a que el Derecho se manifiesta como un orden jerárquico y armónico de normas jurídicas y principios. 4. Exigilidad u obligatoridad. Sus normas son susceptibles de ser exigidas, existiendo métodos coactivos para hacerlas cumplir. 5. Fin. El Derecho, no es un fin en si mismo, sino que persigue ciertos fines, como la justicia y paz social. En consideración, a todos a los elementos antes mencionados, podríamos definir el Derecho, de la siguiente manera: Sistema integrado, armónico y jerarquizado de normas, valores, principios, doctrinas y dictámenes, que regulan de manera coactiva, la conducta del ser humano y demás sujetos de Derecho en relación con la de otro u otros, con el objeto de lograr una convivencia armónica entre los hombres. ?xml:namespace>?xml:namespace>?xml:namespace>
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