Estatutos (Extracto) EL OBJETO DE LA ASOCIACIÓN SERÁ: 1.- Organizar, promover, fomentar, incentivar y cultivar cualquier tipo de idea, evento, programa, campaña, talento, intercambio deportivo, cultural, científico, educativo, medico asistencial de carácter social y humano, a nivel personal o de grupo, en donde el único objetivo o fin sea la superación, motivación, regeneración, restablecimiento o sano esparcimiento de sus miembros activos. 2.- Planear, programar y ejecutar las acciones necesarias para la promoción, con mutuo entendimiento y amistad entre la gente de Mazatlán y cualquier ciudad extranjera designada como CIUDAD HERMANA. Ningún acto de la asociación será contrario a los intereses de la ciudad de Mazatlán, las CIUDADES HERMANAS o cualquier departamento gubernamental del estado o del país. PATRIMONIO Y APORTACIONES 1.- El patrimonio de la asociación se formará con el conjunto de bienes, derechos, y valores que reciba la misma, donativos, cuotas de los asociados , así como los que provengan de cualquier medio lícito. El capital se mantendrá en cuanta bancaria mancomunada con la firma del presidente y el tesorero y se empleará según el buen juicio del Consejo Directivo y la Asamblea General. 2.- Para ayudarse en el sostenimiento de las actividades podrán efectuarse todas aquellas actividades licitas que permitan recabar fondos. 3.- La asociación no persigue fines de lucro.. 4.- Las actividades que desarrolle la asociación tendrá como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social, sin que puedan intervenir en campañas políticas. DE LOS ASOCIADOS 1.- Serán asociados todas aquellas que soliciten su afiliación por escrito y que sean admitidas por la Asamblea sin poder rechazar a ninguna persona por razón de credo, religión, afiliación política, sexo, raza o pertenecer a otra asociación, siempre y cuando no perjudique los intereses de la Asociación. 2.- Toda persona que desee ingresar a la asociación adquirirá la calidad de ASPIRANTE por 90 días y tendrá la obligación de asistir a las juntas ordinarias y extraordinarias y a las actividades programadas para obtener la calidad de Asociado Activo. OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS 1.- Apoyar con su actividad el logro de los objetivos de la Asociación, demostrando con ello su buena conducta y honestidad. 2.- Asistir a las juntas ordinarias o extraordinarias de las Asociación. 3.- Votar en las asambleas para definir los asuntos que se planteen. 4.- Aceptar y cumplir las decisiones que se tomen en dichas asambleas. 5.- Cumplir con los acuerdos y las resoluciones que tome la Asociación. 6.- Pagar las cuotas que lleguen a decretarse para la subsistencia de la Asociación y cumplimiento de su objetivo social. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS ACTIVOS 1.- Asistir con voz y voto a las asambleas ordinarias y extraordinarias de la Asociación. 2.- Ocupar cargos dentro del Consejo Directivo de la Asociación cuando sean electos para ello. 3.- Presentar sugerencias, solicitudes e iniciativas al Consejo Directivo de la Asociación, así como quejas en caso de irregularidades. ASAMBLEAS DE LA ASOCIACIÓN 1.- La Asamblea de Asociados es el órgano supremo de la asociación y podrá acordar, ratificar o modificar todos los actos y operaciones de la Asociación, en su calidad de representante de de la totalidad de los asociados, sus facultades no tendrán otra limitación que la Ley. 2.- Las serán Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea es el Órgano Supremo de la Asociación y sus disposiciones son obligatorias para todos los Asociados. 3.- El comité Directivo se reunirá por lo menos una vez al mes en sesión ordinaria. |